Legislación › Real Decreto 3423/2000, de 15 de diciembre, por el que se regula la indicación de los precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.
ANEXO I
ANEXO I
Quedan exceptuados de la indicación del precio por unidad de medida:
a) Los productos que se comercializan en cantidades inferiores a 50 g o ml.
b) Los productos de diferente naturaleza que se vendan en un mismo envase y no se comercialicen individualmente productos iguales a los que lo forman.
c) Los productos que se comercialicen mediante venta automática.
d) Porciones individuales de helado.
e) Los vinos de mesa con indicación geográfica y los vinos con denominación de origen.
f) Las bebidas espirituosas con denominación geográfica.
g) Los productos alimenticios de fantasía.


