LexTotal

Legislación › Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.

Disposición adicional decimoctava. Procedimiento de asignación de nombres y direcciones de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (.es).

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2001 y la del 1 de enero de 2002. Tachado: lo que se quitó (66 palabras). Subrayado: lo que se añadió (73 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional decimoctava. Procedimiento de asignación de nombres y direcciones de dominio de Internet bajo el código de país correspondiente a España (.es).
El procedimiento Mediante resolución del Presidente de la Entidad pública empresarial Red.es se establecerán los procedimientos para la asignación y demás operaciones asociadas al registro de nombres y direcciones de dominio y direcciones de Internet bajo el código de del país correspondiente a España (.es) se regulará por el Gobierno mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Ciencia y Tecnología, (.es). tomando en consideración los criterios de los organismos de asignación de nombres y direcciones en internet de la Unión Europea, así como las directrices prácticas generalmente aplicadas y las recomendaciones emanadas de los Organismos Internacionales competentes en la materia, aplicándose supletoriamente las disposiciones de entidades y organismos internacionales que desarrollan actividades relacionadas con la Ley 30/1992, gestión del sistema de 26 nombres de noviembre, dominio de Régimen Jurídico Internet.
La Entidad pública empresarial Red.es dará publicidad a los procedimientos
de las Administraciones Públicas asignación y del Procedimiento Administrativo Común. registro que se adopten, los cuales estarán disponibles al público por medios electrónicos y de forma gratuita.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2002 En vigor BOE-A-2001-24965 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 Texto original Leer

← Disposición adicional decimoséptima Índice Disposición adicional decimonovena →