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Legislación › Orden 370/2000, de 20 de diciembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 1638/1999, de 22 de octubre, que regula la enajenación de bienes muebles y productos de defensa en el Ministerio de Defensa.

Noveno. Información contable.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de diciembre de 2000 y la del 30 de julio de 2011. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (41 palabras). Volver al texto en vigor

Noveno. Información contable.
La Junta de Enajenación de Bienes Muebles y Productos de Defensa remitirá, a la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa, la información relativa a las enajenaciones que se realicen, quien la facilitará a la Intervención General de la Administración del Estado cuando le sea requerida.
En los casos en que la enajenación se efectúe por el Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa, el organismo remitirá a la Dirección General de Armamento y Material la información contable que se señala en el párrafo anterior.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-13049 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2000 Texto original Leer

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