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Legislación › Orden de 10 de febrero de 2000 por la que se aprueban las normas de organización y funcionamiento del Centro de Estudios Penitenciarios.

Décimo. Jefe de Estudios.

Décimo. Jefe de Estudios.

Corresponde al Jefe de Estudios:

a) Programar, coordinar y preparar los cursos y las actividades de formación y perfeccionamiento, tanto teóricas como prácticas, que desarrolle el Centro de Estudios Penitenciarios.

b) Organizar el profesorado y el material didáctico necesario.

c) Controlar y efectuar el seguimiento de los alumnos.

d) En general, realizar cuantas funciones le encomiende el Director, en el ámbito de su competencia profesional.

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