Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 667. Convocatoria, anuncio y publicidad de la subasta.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de enero de 2001 y la del 15 de octubre de 2015.
Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (133 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 667. Anuncio Convocatoria de la subasta.
1. La convocatoria de la subasta se anunciará con veinte días y será objeto de antelación, cuando menos, al señalado para su celebración. publicidad conforme lo previsto en el artículo 645.
2. El señalamiento Portal de Subastas se comunicará, a través de los sistemas del lugar, día Colegio de Registradores, con el Registro correspondiente a fin de que este confeccione y hora para expida una información registral electrónica referida a la subasta finca o fincas subastadas que se notificará al ejecutado, con mantendrá permanentemente actualizada hasta el término de la subasta, y será servida a través del Portal de Subastas. De la misma antelación, manera, si la finca estuviera identificada en bases gráficas, se dispondrá la información de las mismas. En el domicilio caso de que conste en el título ejecutivo. dicha información no pudiera ser emitida por cualquier causa transcurridas cuarenta y ocho horas desde la publicación del anuncio, se expresará así y se comenzará la subasta, sin perjuicio de su posterior incorporación al Portal de Subastas antes de la finalización de la subasta.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 15 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-7851 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


