Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Artículo 671. Subasta sin ningún postor.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de mayo de 2010 y la del 7 de julio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 671. Subasta sin ningún postor.
Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por el 50 por 100 de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. igual o superior al
Si en el acto de la subasta no hubiere ningún postor, podrá el acreedor pedir la adjudicación de los bienes por cantidad50 sesenta por ciento de su valor de tasación o por la cantidad que se le deba por todos los conceptos. tasación.
Cuando el acreedor, en el plazo de veinte días, no hiciere uso de esa facultad, el Secretario judicial procederá al alzamiento del embargo, a instancia del ejecutado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2025 En vigor | BOE-A-2025-76 | Leer | Qué cambió |
| 1 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-8167 | Leer | Qué cambió |
| 15 de octubre de 2015 | BOE-A-2015-10727 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 2013 | BOE-A-2013-5073 | Leer | Qué cambió |
| 7 de julio de 2011 | BOE-A-2011-11641 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 2010 | BOE-A-2009-17493 | Leer | Qué cambió |
| 8 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


