Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
Disposición final vigésima quinta. Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de mayo de 2010 y la del 14 de abril de 2011.
Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras).
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Disposición final vigésimo vigésima quinta. Entrada Formularios de procesos o instrumentos procesales regulados en vigor. normas de la Unión Europea.
La presente Ley entrará en vigor Las Administraciones Públicas competentes para la provisión de medios materiales al año servicio de su publicación en el "Boletín Oficial la Administración de Justicia proveerán la puesta a disposición de los órganos jurisdiccionales y del Estado". público de los formularios procesales contenidos en normas de la Unión Europea.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de marzo de 2024 En vigor | BOE-A-2023-25758 | Leer | Qué cambió |
| 20 de agosto de 2015 | BOE-A-2015-8564 | Leer | Qué cambió |
| 14 de abril de 2011 | BOE-A-2011-5392 | Leer | Qué cambió |
| 4 de mayo de 2010 | BOE-A-2009-17493 | Leer |
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