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Legislación › Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Disposición final vigésima quinta. Medidas para facilitar la aplicación en España del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 4 de mayo de 2010 y la del 14 de abril de 2011. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (50 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición final vigésimo vigésima quinta. Entrada Formularios de procesos o instrumentos procesales regulados en vigor. normas de la Unión Europea.
La presente Ley entrará en vigor Las Administraciones Públicas competentes para la provisión de medios materiales al año servicio de su publicación en el "Boletín Oficial la Administración de Justicia proveerán la puesta a disposición de los órganos jurisdiccionales y del Estado". público de los formularios procesales contenidos en normas de la Unión Europea.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de marzo de 2024 En vigor BOE-A-2023-25758 Leer Qué cambió
20 de agosto de 2015 BOE-A-2015-8564 Leer Qué cambió
14 de abril de 2011 BOE-A-2011-5392 Leer Qué cambió
4 de mayo de 2010 BOE-A-2009-17493 Leer

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