Legislación › Orden de 21 de diciembre de 1999 por la que se establece la reserva marina de Masía Blanca, frente al término municipal de El Vendrell (Tarragona).
Artículo 2. Definición de la zona de amortiguación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de enero de 2000 y la del 12 de julio de 2001.
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Artículo 2. Definición de la zona de amortiguación.
Por fuera de la citada reserva a que se refiere el artículo anterior, se establece una zona de amortiguación, definida por una corona circular de 0,6 millas de ancho, concéntrico a la circunferencia que delimita la reserva marina.
Queda excluida de la zona de amortiguación el área del puerto deportivo de Comarruga abarcada por la corona circular definida en el párrafo anterior.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de julio de 2001 En vigor | BOE-A-2001-13425 | Leer | Qué cambió |
| 9 de enero de 2000 | Texto original | Leer |


