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Legislación › Ley 3/2000, de 7 de enero, de régimen jurídico de la protección de las obtenciones vegetales.

Disposición adicional cuarta. Respeto a los Tratados y Acuerdos internacionales.

Disposición adicional cuarta. Respeto a los Tratados y Acuerdos internacionales.

Las medidas adoptadas por el Estado para reglamentar la producción, el control y la comercialización del material de las variedades, o de la importación y exportación de ese material, no deberán obstaculizar la aplicación de las disposiciones de los Tratados y Convenios mencionados en la disposición adicional tercera.

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