Legislación › Real Decreto 278/2000, de 25 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Industrial.
Artículo 22. Composición.
Artículo 22. Composición.
La Junta Directiva del Colegio de Agentes de la Propiedad Industrial estará integrada por los siguientes miembros:
1. Presidente.
2. Vicepresidente.
3. Secretario.
4. Contador.
5. Tesorero.
6. Cuatro vocales.
7. Un vocal por cada una de las Comunidades Autónomas que cuenten con 30 o más colegiados domiciliados profesionalmente en ella, que será elegido por votación de los colegiados en ejercicio con domicilio profesional en el territorio de la referida Comunidad Autónoma.


