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Legislación › Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Artículo 13. Derechos en materia de vivienda.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de febrero de 2000 y la del 23 de enero de 2001. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (0 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 13. Derecho a ayudas en materia de vivienda.
Los extranjeros residentes y los que se encuentren en España inscritos en el padrón del municipio en el que residan habitualmente, tienen derecho a acceder al sistema público de ayudas en materia de vivienda en las mismas condiciones que los españoles.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-19949 Leer Qué cambió
23 de enero de 2001 BOE-A-2000-23660 Leer Qué cambió
1 de febrero de 2000 Texto original Leer

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