Legislación › Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
Artículo 51. Tipos de infracciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de febrero de 2000 y la del 23 de enero de 2001.
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Artículo 51. Sanciones. Tipos de infracciones.
1. Las Incurrirán en responsabilidad administrativa quienes sean autores o participen en cualquiera de las infracciones tipificadas en los artículos anteriores serán sancionadas en los términos siguientes: siguientes.
a) Las infracciones leves con multa de hasta 50.000 pesetas.
b) Las infracciones graves con multa de 50.001 a un millón de pesetas.
c) Las infracciones muy graves con multa desde uno hasta diez millones de pesetas.
2. Corresponderá al Subdelegado del Gobierno o al Delegado del Gobierno en las Comunidades uniprovinciales, la imposición de las sanciones por las Las infracciones administrativas establecidas en la presente Ley Orgánica. Orgánica se
3. Para la determinación de la cuantía de la sancióntendrá especialmente clasifican en cuenta la capacidad económica leves, graves y el grado de voluntariedad del infractor. muy graves.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 23 de enero de 2001 En vigor | BOE-A-2000-23660 | Leer | Qué cambió |
| 1 de febrero de 2000 | Texto original | Leer |


