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Legislación › Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España.

Artículo 12. El Registro de Normas Internas.

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Artículo 12. El Registro de Normas Internas.
1. El Registro de Normas Internas se encargará de la recopilación de la reglamentación interna de la entidad y del mantenimiento de un servicio de documentación reglamentaria permanentemente actualizado, con el fin de satisfacer las necesidades de información de todos los servicios de la entidad. En él se reflejarán, asimismo, las Notas y Anuncios.
2. Cuidará de que todos los empleados, oficinas, sucursales y servicios del Banco puedan acceder a la información obrante en la correspondiente base de datos de Normas Internas.
3. El Registro de Normas Internas estará integrado en el Departamento de Régimen Interior. la Secretaría General.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
28 de abril de 2018 En vigor BOE-A-2018-5716 Leer Qué cambió
10 de abril de 2000 Texto original Leer

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