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Legislación › Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España.

Artículo 65. Nombramiento y cese de los Consejeros ejecutivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de abril de 2000 y la del 24 de octubre de 2013. Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (4 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 65. Nombramiento y cese de los Consejeros ejecutivos.
1. Los Consejeros miembros de la Comisión Ejecutiva son designados por el Consejo de Gobierno, a propuesta del Gobernador, de entre sus miembros no natos. Toman posesión por simple aceptación comunicada al Gobernador.
2. Los Consejeros ejecutivos lo serán por el período que les reste de su mandato ordinario como Consejeros.
3. Los Consejeros consejeros ejecutivos podrán renunciar a su condición de miembros de la Comisión Ejecutiva, mediante comunicación al Gobernador. Consejo de Gobierno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2013 En vigor BOE-A-2013-11088 Leer Qué cambió
10 de abril de 2000 Texto original Leer

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