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Legislación › Resolución de 28 de marzo de 2000, del Consejo de Gobierno del Banco de España, por la que se aprueba el Reglamento Interno del Banco de España.

Artículo 80. Determinación de las Direcciones Generales.

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Artículo 80. Determinación de las Direcciones Generales.
1. Las direcciones generales del Banco de España son:
– Dirección General de Operaciones, Mercados y Sistemas de Pago.
– Dirección General de Efectivo Conducta Financiera y Sucursales. Billetes.
– Dirección General de Estabilidad Financiera, Regulación y Resolución.
– Dirección General de Economía y Estadística. Economía.
– Dirección General de Servicios. Estrategia, Personas y Datos.
– Dirección General de Supervisión.
– Dirección General de Relaciones Institucionales, Europeas y Transparencia.

2. La Comisión Ejecutiva, a propuesta del Gobernador, podrá en cualquier momento alterar el número y denominación de las Direcciones Generales dando cuenta al Consejo de Gobierno.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de febrero de 2026 En vigor BOE-A-2026-2248 Leer Qué cambió
28 de abril de 2018 BOE-A-2018-5716 Leer Qué cambió
1 de marzo de 2016 BOE-A-2016-1270 Leer Qué cambió
24 de octubre de 2013 BOE-A-2013-11088 Leer Qué cambió
10 de abril de 2000 Texto original Leer

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