Legislación › Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.
Artículo 7. El Presidente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2000 y la del 26 de junio de 2004.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 7. El Presidente.
El Presidente de la entidad pública empresarial que se constituye es el Secretario de Estado de Hacienda. Hacienda y Presupuestos.
Al Presidente le corresponden las siguientes funciones:
1. Ejercer la alta inspección de los servicios de la entidad y la vigilancia del desarrollo de su actividad.
2. La aprobación de los planes generales de actividades de la entidad pública empresarial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de junio de 2004 En vigor | BOE-A-2004-12014 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2000 | BOE-A-2000-12970 | Leer | Qué cambió |
| 15 de enero de 2000 | Texto original | Leer |


