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Legislación › Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado.

Artículo 9. Estructura orgánica básica: otros órganos directivos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de enero de 2000 y la del 29 de julio de 2007. Tachado: lo que se quitó (54 palabras). Subrayado: lo que se añadió (105 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 9. Estructura orgánica básica: otros órganos directivos.
1. Como órganos responsables inmediatos dependientes El personal directivo de la entidad, que podrá tener la condición de contratado laboral, bajo la dependencia del Director general, en las respectivas competencias que se les asignan, con nivel General, estará constituido por los Directores de Subdirección general, Gestión, Regulación y los Adjuntos cuyo número se crean las siguientes unidades: determinará en el organigrama correspondiente.
a) La Dirección estructura del organigrama podrá contener diferentes niveles de Producción.
b) La Dirección Comercial.
c) La Dirección Económico-financiera.
d) La Dirección
dirección y retribución, atendiendo a criterios de Servicios Corporativos.
2. El
responsabilidad personal que ostente y directa por la titularidad gestión y consecución de los objetivos, y se adecuará a la Dirección naturaleza administrativa e industrial de Producción la actividad que realiza Loterías y Apuestas del Estado, así como al número y volumen de la Dirección Comercial podrá tener los juegos que pueda comercializar, y a la condición necesidad de contratado laboral. que pueda disponer, en cada momento, del marco orgánico más adecuado para una gestión eficaz, competitiva y comercial.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de julio de 2007 En vigor BOE-A-2007-14488 Leer Qué cambió
15 de enero de 2000 Texto original Leer

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