Legislación › Ley 4/2000, de 8 de mayo, reguladora de las escalas y funciones del Personal de Emergencias Sanitarias de la Comunidad de Madrid.
Artículo 1. Modificación de la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 19/1999, de 29 de abril.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 12 de mayo de 2000 y la del 27 de octubre de 2006.
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Artículo 1. Modificación de la Ley 14/1994, de 28 de diciembre, de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamentos de la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 19/1999, de 29 de abril.
1. Se modifica el apartado h) del artículo 14, que queda redactado en los siguientes términos: (Derogado)
«h) En los supuestos de intervención, rescatar a las víctimas y transferirlas a los dispositivos sanitarios de emergencia cuando sea preciso.»
2. Se modifica el párrafo primero del apartado m) del artículo 14, dando al mismo la siguiente redacción:
«m) Atención de las demandas de emergencias propias de su competencia, activación de los procedimientos operativos encaminados a la resolución de las mismas, coordinación de los distintos intervinientes y seguimiento de la ejecución de estos procedimientos.»
3. Quedan suprimidos los dos últimos párrafos de la letra a) del artículo 15.1.
4. Queda suprimido el apartado a.1) de la letra a) del artículo 16.1.
5. Quedan suprimidas las referencias contenidas en los artículos 17.2, 17.3 y 17.4 relativas a las Categorías de Médico y Diplomado en Enfermería de la Especialidad Técnica Sanitaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 27 de octubre de 2006 En vigor | BOE-A-2006-90012 | Leer | Qué cambió |
| 12 de mayo de 2000 | Texto original | Leer |


