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Legislación › Ley 2/2001, de 27 de marzo, del Consejo Económico y Social.

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única.

1. A la entrada en vigor de la presente Ley quedan derogadas las siguientes disposiciones:

a) La Ley 10/1988, de 31 de diciembre, de creación del Consejo Económico y Social del Principado de Asturias.

b) El Decreto 75/1989, de 15 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo Económico y Social del Principado de Asturias, en cuanto se oponga a lo establecido en esta Ley.

2. Asimismo, quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que, emanadas de órganos del Principado de Asturias, se opongan a lo establecido en esta Ley.

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