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Legislación › Ley 2/2001, de 31 de mayo, de Turismo de La Rioja.

Disposición derogatoria única.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Ley 5/1990, de 29 de junio, de Inspección, Infracciones y Sanciones en materia turística; el Decreto 11/1994, de 24 de febrero, sobre regulación y ordenación de los alojamientos turísticos en posadas en la Comunidad Autónoma de La Rioja, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo preceptuado en la presente Ley.

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