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Legislación › Ley 7/2001, de 31 de mayo, de Creación de la Agencia de Gestión de Ayudas Universitarias y de Investigación.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

A medida que la Agencia asuma sus funciones, se ha de subrogar en los contratos y los convenios, que afectan a las funciones que tiene atribuidas, formalizados por el Departamento de Universidades, Investigación y Sociedad de la Información y los organismos que dependen del mismo.

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