Legislación › Ley 3/2001, de 4 de mayo, de Juego y Apuestas.
Artículo 35. Usuarios.
Artículo 35. Usuarios.
1. Los usuarios de los juegos tienen derecho al tiempo de uso, a obtener información sobre el producto y mecanismos de los juegos y al cobro del premio que pudieran obtener.
2. Igualmente tendrán a su disposición el Libro de Reclamaciones a que hace referencia el artículo 18.4 de esta Ley.


