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Legislación › Ley 3/2001, de 4 de mayo, de Juego y Apuestas.

Artículo 35. Usuarios.

Artículo 35. Usuarios.

1. Los usuarios de los juegos tienen derecho al tiempo de uso, a obtener información sobre el producto y mecanismos de los juegos y al cobro del premio que pudieran obtener.

2. Igualmente tendrán a su disposición el Libro de Reclamaciones a que hace referencia el artículo 18.4 de esta Ley.

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