Legislación › Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura.
Artículo 33. Los requisitos.
Artículo 33. Los requisitos.
Con carácter previo a su cesión, en régimen de arrendamiento, toda vivienda debe cumplir los siguientes requisitos:
Haber obtenido las preceptivas autorizaciones para su ocupación.
Disponer de la acometida general de las distintas redes de suministro.
Tener en vigor la cédula de habitabilidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 15.


