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Legislación › Ley 3/2001, de 26 de abril, de la Calidad, Promoción y Acceso a la Vivienda de Extremadura.

Disposición adicional cuarta.

Disposición adicional cuarta.

El artículo 10.1 b) de la Ley 3/1995, de 6 de abril, de Fomento de la Vivienda en Extremadura, queda redactado de la manera siguiente:

«Artículo 10.1 b). Vivienda joven de hasta 90 metros cuadrados útiles de idénticas características, calidades y precios que las descritas en el apartado anterior, destinadas para su adquisición por jóvenes de hasta 30 años.»

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