Legislación › Ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes.
Artículo 13. Definición.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 8 de julio de 2001 y la del 21 de mayo de 2005.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras).
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Artículo 13. Definición.
La historia clínica es el conjunto de documentos en los que se contienen los datos, las valoraciones e y las informaciones de cualquier tipo sobre la situación y la evolución clínica de los pacientes a lo largo de su proceso asistencial. asistencial, así como la identificación de los médicos y demás profesionales que intervinieron en éste.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 21 de mayo de 2005 En vigor | BOE-A-2005-6226 | Leer | Qué cambió |
| 8 de julio de 2001 | Texto original | Leer |


