Legislación › Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo.
Artículo 34. Órganos sociales.
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Artículo 34. Órganos sociales.
1. Los Órganos sociales de las Cooperativas de Crédito son:
a) La Asamblea general.
b) El Consejo Rector.
c) La Comisión de Control.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de noviembre de 2022 En vigor | BOE-A-2022-21019 | Leer | Qué cambió |
| 8 de junio de 2001 | Texto original | Leer |


