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Legislación › Ley 5/2001, de 10 de mayo, de Crédito Cooperativo.

Artículo 59. Composición.

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Artículo 59. Composición.
1. La Comisión de Control estará formada por cinco miembros.
2. Los miembros de la Comisión de Control serán elegidos por la Asamblea general de entre sus miembros que no ostenten la condición de miembros del Consejo Rector.
(Suprimido).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de noviembre de 2022 En vigor BOE-A-2022-21019 Leer Qué cambió
8 de junio de 2001 Texto original Leer

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