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Legislación › Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears.

Artículo 10. Otras acciones de fomento.

Artículo 10. Otras acciones de fomento.

1. Los poderes públicos de las Illes Balears, en el ámbito respectivo de competencias, impulsarán el asociacionismo de los comerciantes y su adecuada participación ante las Administraciones Públicas.

2. Sin perjuicio de lo que dispone la legislación de defensa de los consumidores y usuarios, las Administraciones competentes fomentarán el arbitraje como instrumento de solución de los conflictos derivados de la actividad comercial.

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