Legislación › Ley 11/2001, de 15 de junio, de Ordenación de la Actividad Comercial en las Illes Balears.
Disposición transitoria sexta. Vinculación con el actual planeamiento general municipal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de diciembre de 2009 y la del 19 de febrero de 2012.
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Disposición transitoria sexta. Vinculación con el actual planeamiento general municipal.
1. Los ayuntamientos que dispongan de instrumentos de planeamiento municipal, aprobados definitivamente, que ya tengan regulado el uso comercial de conformidad con las normas que se modifican o urbanístico general se derogan mediante esta ley, deben adaptar sus determinaciones al nuevo contenido de esta norma legal, especialmente Ley en lo concerniente al artículo 60, cuando se inicie la su primera modificación o revisión de estos instrumentos. formulación o
2. Los ayuntamientos que dispongan de instrumentos de planeamiento municipal, cuya revisiónmodificación ya haya superado la fase de aprobación inicial en el momento de entrar revisión, excepto si cuando entre en vigor esta ley y que establezcan la regulación del uso comercial disposición transitoria hubiese acabado el plazo de conformidad con las normas que se modifican o se derogan mediante esta ley, pueden continuar su tramitación hasta la aprobación definitiva, pero, información pública realizado en todo caso, deben adaptar sus determinaciones al nuevo contenido el procedimiento de esta norma legal, especialmente en lo concerniente al artículo 60, cuando se inicie la primera modificación formulación o revisión de estos instrumentos. Sólo podrán entregar el certificado que describe el anexo de esta ley los ayuntamientos cuyo planeamiento haya superado como mínimo la aprobación inicial en adaptación de la normativa comercial. del planeamiento
3. No obstante, se pueden aprobar las modificaciones de instrumentos deurbanístico general siempre que tengan como objeto exclusivo alguna de las finalidades expresadas en el punto 2 de la disposición adicional tercera de la Ley 14/2000, de 21 de diciembre, de ordenación territorial. mencionado.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de junio de 2012 En vigor | BOE-A-2012-9374 | Leer | Qué cambió |
| 19 de febrero de 2012 | BOE-A-2012-90025 | Leer | Qué cambió |
| 23 de diciembre de 2009 | BOE-A-2010-1400 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2003 | BOE-A-2003-1270 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | BOE-A-2002-919 | Leer |
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