LexTotal

Legislación › Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.

Artículo 141. Sanciones y procedimiento.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de septiembre de 2001 y la del 1 de enero de 2014. Tachado: lo que se quitó (0 palabras). Subrayado: lo que se añadió (89 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 141. Sanciones y procedimiento.
1. Las infracciones leves se sancionarán con multa de 300 a 601 euros; las graves, con multa de 602 a 3.005 euros y las muy graves con multas de 3.006 a 30.050 euros, o con la descalificación regulada en el artículo 142 de la presente Ley.
2. Las infracciones serán sancionadas a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por el Director General del que dependa el Registro de Cooperativas de La Rioja y por el Consejero competente en materia de Cooperativas, cuando se acuerde la descalificación.
3. En la tramitación de los expedientes sancionadores resultará de aplicación la normativa específica en materia de infracciones y sanciones en el orden social.
4. Las sanciones por infracciones leves prescribirán al año; las sanciones por infracciones graves, a los dos años, y por infracciones muy graves, a los tres años, contados a partir del día siguiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución por la que se impongan. Dicho plazo se interrumpirá por la iniciación, con conocimiento del sujeto interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquel estuviese paralizado durante más de un mes por causa no imputable al sujeto responsable de la infracción.
Téngase en cuenta que la cuantía de las sanciones establecidas en este artículo podrá ser actualizada periódicamente por el Gobierno de La Rioja a propuesta del Consejero competente en materia de Cooperativas, teniendo en cuenta la variación de los índices de precios al consumo, según establece la disposición adicional 6.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-352 Leer Qué cambió
1 de enero de 2014 BOE-A-2014-404 Leer Qué cambió
10 de septiembre de 2001 Texto original Leer

← Artículo 140 Índice Artículo 142 →