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Legislación › Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.

Disposición final tercera. Regulación supletoria.

Disposición final tercera. Regulación supletoria.

En lo no regulado en la presente Ley, se estará a lo dispuesto en la legislación cooperativa estatal y en la legislación mercantil.

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