Legislación › Ley 4/2001, de 2 de julio, de Cooperativas de La Rioja.
Disposición final tercera. Regulación supletoria.
Disposición final tercera. Regulación supletoria.
En lo no regulado en la presente Ley, se estará a lo dispuesto en la legislación cooperativa estatal y en la legislación mercantil.


