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Legislación › Ley 13/2000, de 21 de diciembre, del Camí de Cavalls de Menorca.

Artículo 1. Objetivo y definición.

Artículo 1. Objetivo y definición.

Constituyen el objeto de esta Ley el establecimiento, la determinación, la protección, la utilización y la policía del Camí de Cavalls, entendido como vial o paso público, libre y gratuito, cuya titularidad se atribuye al Consejo Insular de Menorca.

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