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Legislación › Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.

Disposición final segunda.

Disposición final segunda.

La presente Ley entrará en vigor dos meses después de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid», siendo también publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

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