Legislación › Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
Artículo 101. Criterios de determinación de sanciones.
Artículo 101. Criterios de determinación de sanciones.
Calificadas las infracciones, la cuantía de la sanción se determinará en atención a la reiteración de las mismas, al grado de intencionalidad o negligencia del infractor, a la gravedad de los perjuicios causados a los menores y a la relevancia o transcendencia social que hayan alcanzado.


