Legislación › Ley 12/2001, de 2 de julio, de la Infancia y la Adolescencia en Aragón.
Artículo 45. Finalidad
Artículo 45. Finalidad
La protección de menores es el conjunto de actuaciones que, en el marco del sistema público de servicios sociales, tiene como finalidad prevenir, detectar y corregir las situaciones de riesgo y de desamparo, mediante la integración del menor en grupos naturales de convivencia, en condiciones básicas suficientes que posibiliten su participación en la vida familiar, económica, social y cultural, y su desarrollo integral como persona.


