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Legislación › Ley 13/2001, de 2 de julio, de Creación de la Comarca del Alto Gállego.

Artículo 8. Encomienda de gestión.

Artículo 8. Encomienda de gestión.

1. La comarca del Alto Gállego, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, podrá realizar funciones correspondientes a competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma y de la provincia de Huesca, previa la tramitación procedente, cuando por sus características no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.

2. Igualmente, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, uno o varios municipios podrán realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca cuando suponga una mejora en su prestación.

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