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Legislación › Ley Foral 15/2001, de 5 de julio, del Deporte de Navarra.

Artículo 15. Clubes Deportivos Escolares.

Artículo 15. Clubes Deportivos Escolares.

1. En el ámbito de los centros escolares podrán constituirse clubes deportivos de centro para el fomento y desarrollo del deporte en edad escolar.

2. El Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra destinará para ello los recursos económicos y humanos necesarios, además del resto de aspectos concernientes a su funcionamiento que se establecerán reglamentariamente.

3. Los Clubes Deportivos Escolares podrán participar en competiciones federadas.

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