Legislación › Ley Foral 17/2001, de 12 de julio, reguladora del comercio en Navarra.
Artículo 2. Principios rectores.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2001 y la del 15 de abril de 2010.
Tachado: lo que se quitó (28 palabras). Subrayado: lo que se añadió (19 palabras).
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Artículo 2. Principios rectores.
La presente Ley Foral se regirá por los siguientes principios rectores, potenciando:
a) El mantenimiento de la estructura tradicional del sistema del comercio minorista dentro del núcleo urbano de los municipios navarros.
b) El acceso en mayores condiciones de igualdad y diversidad a las nuevas formas de crecimiento del comercio. la oferta y formatos comerciales.
c) El crecimiento armonioso y equilibrado de actividades comerciales aspirando a un desarrollo sostenible del entorno urbano.
d) La participación El mantenimiento de las Administraciones Públicas un nivel elevado de calidad en las plusvalías generadas por la implantación prestación de grandes establecimientos comerciales. los servicios.
e) La participación de agentes sociales, en especial de los consumidores, en el desarrollo de la implantación comercial.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-8422 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2001 | Texto original | Leer |


