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Legislación › Ley 15/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

Artículo 26. Adición de una nueva disposición final tercera a la Ley 1/1986, de 25 de febrero, de Pesca Marítima de Cataluña.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2001 y la del 31 de marzo de 2017. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 26. Adición de una nueva disposición final tercera a la Ley 1/1986, de 25 de febrero, de Pesca Marítima de Cataluña.
Se añade una disposición final tercera a la Ley 1/1986, con el siguiente redactado:
«Tercera. Actualización de sanciones.
Se faculta, al Gobierno a actualizar mediante Decreto, y de acuerdo con el índice de precios al consumo (IPC), las sanciones establecidas por la presente Ley.»
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 2017 En vigor BOE-A-2017-7353 Leer Qué cambió
1 de enero de 2001 Texto original Leer

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