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Legislación › Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación de la Ley.

1. La presente Ley tiene por objeto la creación, como tributo propio de la Generalidad, del impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales definidos por el artículo 4.

2. El impuesto sobre los grandes establecimientos comerciales es exigible en todo el territorio de Cataluña.

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