Legislación › Ley 16/2000, de 29 de diciembre, del Impuesto sobre Grandes Establecimientos Comerciales.
Disposición final segunda.
Disposición final segunda.
Se faculta al Gobierno y al Consejero o Consejera competente en materia de finanzas para que dicten las disposiciones necesarias para desplegar y aplicar la presente Ley.


