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Legislación › Ley 7/2001, de 22 de junio, de Turismo.

Disposición transitoria quinta.

Disposición transitoria quinta.

Los funcionarios que a la entrada en vigor de la presente Ley vengan desempeñando las funciones de inspección pasarán a integrarse en la Escala a extinguir del grupo B, siempre que acrediten contar con la titulación exigida para dicho grupo.

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