Legislación › Orden de 16 de enero de 2001 por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior.
Cuarto. Comisión de Informática y de Comunicaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de enero de 2001 y la del 3 de marzo de 2002.
Tachado: lo que se quitó (48 palabras). Subrayado: lo que se añadió (59 palabras).
Volver al texto en vigor
Cuarto. Comisión de Informática y de Comunicaciones.
1. La Comisión de Informática y de Comunicaciones ejercerá las funciones siguientes:
a) Informar los planes informativos informáticos y de comunicaciones de los distintos órganos directivos y organismos del Departamento, así como supervisar su cumplimiento.
b) Servir de enlace y órgano de colaboración técnica del Consejo Superior de Informática y sus comisiones especializadas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio, por el que se crea el Consejo Superior de Informática.
c) Supervisar el inventario de recursos informáticos y de comunicaciones del Departamento y sus organismos, de acuerdo con las directrices del Consejo Superior de la Informática.
d) Informar los proyectos de adquisición y arrendamiento de equipos, y los proyectos de contratación con oficinas de servicios, empresas de asesoramiento y asistencia técnica en cuestiones referentes al tratamiento de la información y las comunicaciones.
e) Promover y fomentar la formación del personal en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito del Departamento. departamento.
2. La Comisión de Informática y de Comunicaciones estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente: El Subsecretario del Interior.
Vicepresidente primero: El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, que en caso de vacante, ausencia o enfermedad podrá ser sustituido por el Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General.
Vicepresidente Segundo: segundo: El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.
Vocales:
El Jefe de la División de Coordinación Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía.
El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.
Un representante de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Un representante de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración.
El Subdirector general de Personal e Inspección.
El Subdirector general de Sistemas de Información y Organización de Procedimientos. Procedimientos de la Dirección General de Tráfico.
El Subdirector general de Política Interior y Procesos Electorales.
El Subdirector general de Servicios Penitenciarios.
El Subdirector general de Atención al Ciudadano y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo.
El Subdirector general de Planes y Operaciones de la Dirección General de Protección Civil.
Un representante del Gabinete de Coordinación y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Secretario: Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información, designado por el Presidente.
3. Bajo la dependencia inmediata de la Comisión de Informática y de Comunicaciones, actuará una Comisión Permanente en la que se podrá delegar con carácter ordinario el ejercicio de la función prevista en la letra d) del párrafo 1 de este apartado, cuando se trate de procedimientos negociados sin publicidad en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo los artículos 182 h), h) y 210 g) del texto Refundido refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.
4. La composición de la Comisión Permanente será la siguiente:
Presidente: El Subsecretario del Interior.
Vicepresidente: El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad, que en caso de vacante, ausencia o enfermedad podrá ser sustituido por el Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General. Seguridad.
Vicepresidente: El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.
Vocales:
El Jefe de la División de Coordinación Económica y Técnica de la Dirección General de la Policía.
El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.
Un representante del Gabinete de Coordinación y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad.
El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.
El Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
Secretario: El Secretario de la Comisión en Pleno.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de junio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-11382 | Leer | Qué cambió |
| 3 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-4218 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


