Legislación › Orden de 16 de enero de 2001 por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior.
Cuarto. Comisión de Informática y de Comunicaciones.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de marzo de 2002 y la del 7 de junio de 2003.
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Cuarto. Comisión de Informática y de Comunicaciones.
1. Objeto.
La Comisión de Informática y de Comunicaciones ejercerá es el órgano colegiado responsable de la elaboración de la política interna del Departamento en materia de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, de acuerdo con las instrucciones y directrices emanadas del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica.
2. Adscripción.
La Comisión, que tendrá la composición y funciones siguientes: que se determinan en los apartados siguientes, quedará adscrita a la Subsecretaría del Departamento.
3. Funciones.
La Comisión de Informática y de Comunicaciones ejercerá las siguientes funciones:
a) Informar Informar, con carácter preceptivo, los planes anuales informáticos y de comunicaciones de los distintos órganos directivos y organismos del Departamento, así como supervisar su cumplimiento.
b) Informar, con carácter preceptivo, las propuestas de presupuestos de los Centros Directivos en el ámbito de informática y comunicaciones, en la fase de anteproyecto presupuestario.
c) Servir de enlace y órgano de colaboración técnica del Consejo Superior de Informática y para el impulso de la Administración Electrónica, y de sus comisiones especializadas, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 2291/1983, de 28 de julio, por el que se crea el Consejo Superior de Informática.
c) d) Supervisar el inventario de recursos informáticos y de comunicaciones del Departamento y sus organismos, de acuerdo con las directrices del Consejo Superior de Informática. Informática y para el impulso de la Administración Electrónica.
d) e) Informar los proyectos técnicamente, con carácter preceptivo, convenios, proyectos, pliegos de adquisición prescripciones técnicas y arrendamiento de equipos, cláusulas administrativas particulares, prórrogas, modificaciones, cesiones y los proyectos de contratación con oficinas enajenaciones que se refieran a contratos en el ámbito de servicios, empresas las tecnologías de asesoramiento la información y asistencia técnica en cuestiones referentes las comunicaciones incluyendo las peticiones que se realicen a través del Catálogo de Bienes de Adquisición Centralizada de la Dirección General de Patrimonio del Estado, así como las propuestas de adjudicación de los contratos que se eleven al tratamiento órgano de contratación, con la información excepción de los contratos menores y los de contratación centralizada que no superen las comunicaciones. cuantías de los contratos menores establecidos por el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, para cada tipo de contrato f) Promover y fomentar la formación del personal en tecnologías de la información y de las comunicaciones en el ámbito del
e)departamento. departamento, así como informar los planes de formación en materia informática.
2. g) Establecer el procedimiento para realizar solicitudes coordinadas de ofertas a nivel departamental en el ámbito de las tecnologías de la información y de las comunicaciones.
h) Informar, con carácter preceptivo, los proyectos de Convenios de Colaboración que pretendan suscribir los órganos superiores y directivos del Departamento en materia de informática y de comunicaciones.
4. Composición.
La Comisión de Informática y de Comunicaciones estará constituida por los siguientes miembros:
Presidente: El Subsecretario del Interior.
Vicepresidente primero: El Director general General de Infraestructuras y Material de la Seguridad, que en caso de vacante, ausencia o enfermedad podrá ser sustituido por el Subdirector general de Planificación y Control de la citada Dirección General. Seguridad.
Vicepresidente segundo: El Subdirector general de la Oficialía Mayor y General del Centro de Sistemas de Información.
Vocales:
El Jefe de la División Subdirector General de Coordinación Económica Gestión y Técnica Recursos Humanos de la Dirección General de la Policía.
El Subdirector general General de Apoyo de la Dirección General de la Guardia Civil.
Un representante de la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
Un representante de la Delegación del Gobierno para la Extranjería y la Inmigración.
El Subdirector general General de Personal e Inspección. Inspección El Subdirector General de Planificación y Control de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El Subdirector general General de Sistemas de Información y Organización de Procedimientos de la Dirección General de Tráfico.
El Subdirector general General de Política Interior y Procesos Electorales. Servicios Penitenciarios.
El Subdirector general General de Servicios Penitenciarios. Planes y Operaciones de la Dirección General de Protección Civil.
El Subdirector general General de Atención al Ciudadano y Asistencia a las Víctimas del Terrorismo.
El Subdirector general de Planes y Operaciones Un representante del Gabinete Técnico de la Dirección General Subsecretaría.
Un representante del Centro de Protección Civil. Sistemas de Información.
Un representante del Gabinete de Coordinación y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Secretario: Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la Oficialía Mayor y del Centro de Sistemas de Información, designado por el Presidente. Presidente, que
3. Bajo la dependencia inmediata de la Comisión de Informática y de Comunicaciones, actuará una Comisión Permanente en lase asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
El Presidente podrá delegar con carácter ordinario o ser sustituido en caso de vacante, ausencia o enfermedad, por el ejercicio Vicepresidente Primero o, en su caso, por el Vicepresidente Segundo.
Los Vocales titulares de la función prevista Comisión, en la letra d) del párrafo 1 caso de este apartado, cuando ausencia justificada, habrán de ser sustituidos por sus suplentes, siendo éstos últimos nombrados por el Titular del Centro Directivo que representan.
5. Composición en determinadas contrataciones:
Cuando se trate de procedimientos negociados sin publicidad materias que vayan a contratarse en cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 182 h) 182.h y 210 g) 210.g del texto refundido Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio. la Comisión
4. La composición dePermanente será de Informática y de Comunicaciones tendrá la siguiente: siguiente composición:
Presidente: El Subsecretario del Interior. Interior Vocales: Los dos Vicepresidentes y un representante del órgano superior o directivo competente para efectuar la correspondiente contratación, con rango de Subdirector General o asimilado, que será nombrado por el Titular del órgano superior o directivo al que represente.
Vicepresidente: El Director general Secretario: Un funcionario del Centro de Infraestructuras y Material Sistemas de la Seguridad. Información, designado por el Presidente, que asistirá a las reuniones con voz pero sin voto.
Vocales: 6. Comisión Permanente:
El Jefe a) En el seno de la División Comisión de Coordinación Económica Informática y Técnica de la Dirección General de la Policía. Comunicaciones existirá una Comisión Permanente integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Subdirector general de Apoyo de la Dirección General Vicepresidente Primero de la Guardia Civil. Comisión de
Un representante del GabineteCoordinación Informática y Estudios (Área Schengen) de la Secretaría de Estado de Seguridad. Comunicaciones.
Vicepresidente: El Subdirector general Vicepresidente Segundo de la Oficialía Mayor Comisión de Informática y Centro de Sistemas Comunicaciones Vocales: Los Vocales representantes de Información. los Centros Directivos a los que incumban los temas a tratar.
El Subdirector general Secretario: Un funcionario, designado por el Presidente, con voz pero sin voto.
b) Corresponderá a la Comisión Permanente el estudio técnico la propuesta de Planificación resolución de todos aquellos asuntos que, por su complejidad o características, lo hagan conveniente.
c) La Comisión de Informática y Control de Comunicaciones podrá encomendar funciones propias a la citada Dirección General Comisión Permanente, al objeto de Infraestructuras tramitar de forma ágil y Material eficaz los asuntos que por motivos de la Seguridad. urgencia así lo requieran.
Secretario: El Secretario 7. Ponencias o Grupos de Trabajo.
En el seno de la Comisión en Pleno. de Informática y de Comunicaciones se podrán crear Ponencias o Grupos de Trabajo para el estudio y preparación de los asuntos concretos que vayan a tratarse o para el desarrollo de programas específicos.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de junio de 2003 En vigor | BOE-A-2003-11382 | Leer | Qué cambió |
| 3 de marzo de 2002 | BOE-A-2002-4218 | Leer | Qué cambió |
| 25 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


