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Legislación › Orden de 16 de enero de 2001 por la que se regula la composición y funciones de determinados órganos colegiados del Ministerio del Interior.

Segundo. Comisión Presupuestaria.

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Segundo. Comisión Presupuestaria.
1. Corresponde a la Comisión Presupuestaria elevar al Ministro las propuestas que procedan respecto a:
a) La aprobación de los anteproyectos de los presupuestos del Departamento y sus organismos autónomos.
b) La formulación de criterios de prioridad en la elaboración y ejecución de los presupuestos.
c) La revisión de los programas existentes.
d) El seguimiento de la ejecución de los programas.
2. La Comisión Presupuestaria, en Pleno, estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Subsecretario del Interior.
Vicepresidente: El Secretario general Técnico.
Vocales:
El Director general de la Policía.
El Director general de la Guardia Civil.
El Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas.
El Director general de Instituciones Penitenciarias.
El Director general de Política Interior.
El Director general de Protección Civil.
El Director general de Tráfico.
El Director general de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El Director general de Extranjería e Inmigración.
El Gerente del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Secretario: El Jefe de la Oficina Presupuestaria del Departamento.
3. La Comisión Permanente de la Comisión Presupuestaria del Departamento, como órgano delegado que asegura la continuidad de sus actuaciones, ejercerá las siguientes funciones:
a) Informar los anteproyectos de presupuestos del Departamento y de sus organismos autónomos.
b) Informar los programas de inversiones de los distintos órganos directivos y organismos del Ministerio, así como las modificaciones de los mismos.
c) Efectuar cuantos estudios y proyectos se estimen oportunos en el ámbito de los apartados anteriores.
d) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por el Ministro, el Subsecretario o la Comisión Presupuestaria, en Pleno.
4. La Comisión Permanente de la Comisión Presupuestaria estará integrada por los siguientes miembros:
Presidente: El Secretario general técnico.
Vicepresidente: El Jefe de la Oficina Presupuestaria del Departamento.
Vocales:
El Subdirector general de Gestión Económica y Patrimonial.
El Subdirector general de Patrimonio y Gestión Económica de la Dirección General de Infraestructuras y Material de la Seguridad.
El Subdirector general de Personal e Inspección.
Un representante, con nivel de Subdirector general, designado por cada uno de los órganos superiores y directivos representados en el Pleno.
El Gerente del Organismo Autónomo Trabajo y Prestaciones Penitenciarias.
Secretario: Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la Oficina Presupuestaria, designado por el Presidente.
(Suprimida).

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5 de junio de 2011 En vigor BOE-A-2011-9736 Leer Qué cambió
25 de enero de 2001 Texto original Leer

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