Legislación › Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado del sector de gas natural.
Disposición adicional primera. Retribución a empresas distribuidoras de gases manufacturados de origen distinto al gas natural en territorios extrapeninsulares.
Disposición adicional primera. Retribución a empresas distribuidoras de gases manufacturados de origen distinto al gas natural en territorios extrapeninsulares.
Las empresas distribuidoras de gases manufacturados de origen distinto al gas natural (nafta y propano) que ejerzan su actividad en territorios extrapeninsulares que no dispongan de gas natural, tendrán derecho a percibir una retribución por el suplemento de coste que ello suponga. Estos costes estarán incluidos en la retribución de la actividad de distribución y sujetos a liquidación.


