Legislación › Real Decreto 1035/2001, de 21 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España.
Artículo 6. Secretario general.
Artículo 6. Secretario general.
Para realizar las gestiones necesarias para la consecución de sus fines, el colegio podrá contar con los servicios de un Secretario general, que deberá ser miembro numerario y al que corresponderán las obligaciones y atribuciones que se establezcan en el oportuno Reglamento.


