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Legislación › Circular número 4/2001, de 24 de septiembre, a Entidades adscritas a un Fondo de Garantía de Depósitos, de información sobre los saldos que integran la base de cálculo de las aportaciones a los fondos de garantía de depósitos, y alcance de los importes garantizados.

Norma final. Entrada en vigor y derogaciones.

Norma final. Entrada en vigor y derogaciones.

La presente Circular entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», a partir de cuya fecha quedará derogada la Circular 1/1997. No obstante lo anterior, las modificaciones que se introducen en el estado M.1 se incluirán por primera vez en el balance reservado correspondiente a 31 de diciembre de 2001.

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