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Legislación › Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales.

Artículo 20. Subdirección General de Formación de Personal de Gestión de los Ministerios de Hacienda y de Economía. Funciones.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de enero de 2001 y la del 13 de noviembre de 2003. Tachado: lo que se quitó (55 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 20. Subdirección General de Formación de Personal de Gestión de los Ministerios de Hacienda y de Economía. Funciones.
Bajo la supervisión del Director de la Escuela de Hacienda Pública, la Subdirección General de Formación de Personal de Gestión de los Ministerios de Hacienda y de Economía ejercerá las funciones establecidas en los párrafos b) y c) y la parte de formación recogida en el párrafo d) del artículo 3 de los presentes Estatutos. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de noviembre de 2003 En vigor BOE-A-201-4556 Leer Qué cambió
27 de enero de 2001 Texto original Leer

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