Legislación › Real Decreto 63/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del organismo autónomo Instituto de Estudios Fiscales.
Artículo 28. Régimen del personal.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de enero de 2001 y la del 13 de marzo de 2011.
Tachado: lo que se quitó (32 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 28. Régimen del personal.
El personal funcionario o laboral del Instituto de Estudios Fiscales se regirá por la normativa sobre función pública y legislación laboral aplicables al resto del personal de la Administración General del Estado. (Sin contenido)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 13 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2011-4556 | Leer | Qué cambió |
| 27 de enero de 2001 | Texto original | Leer |


